(Espacio Apícola, 9 de abril de 2022) Finalmente ayer, como estaba previsto, el
Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) publicó las respectivas
Determinaciones Finales de la demanda por
dumping presentada contra las mieles de
Argentina, Brasil, India y Vietnam.
El
DOC, que ya había suspendido por 90 días la investigación por dumping a las mieles de
Ucrania a causa de la invasión rusa, finalmente la derogó definitivamente (
ver nota previa).
En la
Determinación Final del DOC las mieles de
Argentina fueron sancionadas con un porcentaje mayor al de la
Determinación Preliminar, mientras que las demás recibieron penalidades menores según las siguientes tablas:
Empresa |
% Final |
Diferencia con DP |
|
NEXCO S.A. |
9,17 |
+1,33 |
|
Asociación de Cooperativas Argentinas - ACA |
24,67 |
+0,39 |
|
Industrial Haedo |
49,44 |
0 |
|
Compañía Inversora Platense - CIPSA |
49,44 |
0 |
|
Las demás |
16,92 |
+0,86 |
|
Para el caso de las mieles de
Brasil hubo cambios publicados en forma posterior a la Determinación Preliminar y finalmente la Determinación Final vino con sorpresas significativas, confirmando el análisis que publicamos en Espacio Apícola 134 bajo el título
Inequidades de una Investigación Amañada. Por un lado se le redujo aún más el arancel a la empresa
Melbras, a la que se le reconoció el precio de compra de la miel como su "costo de producción", por el hecho de haber declarado que no eran productores, argumento que sostuvieron sin éxito
ACA y
NEXCO; y por otro lado, se le aplicaron Hechos Adversos en forma plena a la empresa
Apiario Diamante (Supermel) disparando su tasa punitiva, como se aprecia en esta tabla:
Empresa |
% Final |
diferencia con DP |
|
Melbras |
7,89 |
0 |
|
Apiario Diamante |
83,72 |
+54,11 |
|
Las demás |
7,89 |
-12,3 |
|
Seguramente el
DOC tendrá un apartado en alguno de los artículos de su reglamentación para aplicarle a las demás empresas de
Argentina un promedio entre las dos empresas investigadas y no tener la misma conducta con las empresas de
Brasil.
Como lo dijimos el pasado 18 de noviembre, el DOC ratificó que
ESTADOS UNIDOS PREFIERE LA MIEL INDIA". Aquí los aranceles finales significativamente mejores a los de la que se consideraba inmejorable Determinación Preliminar:
Empresa |
% final |
diferencia con DP |
|
Allied Nat. Products |
6,24 |
0 |
|
Ambrosia Nat. Product |
5,52 |
-1,12 |
|
Las demás |
5,87 |
-0,61 |
|
Finalmente, con las modificaciones hechas a los aranceles impuestos a
Vietnam cabría preguntarse qué objetividad ha tenido el
DOC en éste y los tres casos precedentes, que bien podrían justificar la nulidad de todo lo actuado. Hay que recordar que las empresas vietnamitas habían sido gravadas en más del 400%. Aquí los aranceles de esta
Determinación Final y su merma respecto a la Preliminar:
Empresa |
% final |
Diferencia |
|
Ban Me Thuot |
61,27 |
-352,72 |
|
Dak Honey |
58,74 |
-352,19 |
|
Las demás |
60,03 |
-352,46 |
|
Cabe señalar que durante el mes de marzo hubieron febriles negociaciones entre el estado vietnamita y el
DOC, hasta que finalmente el
DOC recibió cartas del
Senador Todd Young y la
Congresista Jackie Walorski, ambos republicanos por el
Estado de Indiana y el
Congresista también republicano
Gregory Murphy, de
Carolina del Norte, explicando interesantes motivos por los que le solicitan al
DOC "moderar" la sanción a las mieles de
Vietnam.
Creemos no equivocarnos en decir qué, con estos resultados, el
DOC cumplió con creces las reales preocupaciones y expectativas de los
peticionantes. El próximo y final episodio está en manos de la
US - Iternational Trade Commission (ITC) para fines de mayo.
Fernando L. Esteban
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