(Espacio Apícola, 15 de febrero de 2022) Aún queda un largo camino a recorrer hasta el 23 de mayo cuando finalmente se conozca la decisión de la
Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (US-ITC) sobre las sanciones antidumping contra la miel de
Argentina, Brasil, India, Ucrania y Vietnam, si es que no hay más postergaciones. Quizá en esta imagen de wikipedia los operadores del mercado puedan encontrar la respuesta que buscan...
A diferencia de la anterior investigación promovida contra la miel de
Argentina y
China en el año 2000, ahora son cinco los países involucrados. El
Departamento de Comercio de los Estados Unidos (DOC) ha recurrido a diferentes criterios y metodologías para abordar cada caso. En la búsqueda de razonabilidad y justicia para cada uno de los cinco escenarios simultáneos y a partir de la publicación de la
Determinación Preliminar para cada país y cada empresa involucrada, el
DOC pudo haber dado lugar a nuevas inequidades. Esto es lo que parecen argüir algunos abogados.
Hay apicultores argentinos, proveedores de la
Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA), que se negaron a responder los cuestionarios referidos al
Costo de Producción por no tener el nivel de registros requerido y considerarse incapaces de hacerlo. Por su lado, hay apicultores brasileños que respondieron a cada pregunta del formulario como "no aplica", por lo que el
DOC consideró estas respuestas como inservibles. Siendo el resultado de ambas respuestas totalmente inútil para la determinación del Costo de Producción, el
DOC sancionó duramente a la empresa vinculada a los primeros (
ACA, de
Argentina) y les aceptó el Precio de Compra de la miel a las empresas vinculadas a los segundos (
MELBRAS, de Brasil) en lugar del costo de producción ...
Otra empresa, más radicalizada, la ucraniana
SODRUJESTVO, directamente respondió que ningún apicultor ni acopiador había sido demandado inicialmente y que, por tanto, no eran sujetos de esta investigación; por lo que consideran ilegal la intención del
DOC de auditar a los proveedores no asociados ni dependientes de la empresa.
Por otro lado, mientras para las empresas argentinas la comparación con otros mercados totalmente verificables estaría en un segundo plano, para las empresas vietnamitas se usan datos sustitutos por falta de información confiable y las mismas empresas
Ban Me Thout y
DakHoney piden que se tomen como valor de referencia los precios y costos de la miel de
India, en rupias. Claro, la
Determinación Preliminar contra la miel de
India fue muy benevola...
Por su parte la
American Honey Producers Assn. y la
Sioux Honey Assn., los peticionantes, sembraron de dudas toda la información brindada por cada una de las defensas para pedirle al
DOC confirme algunas sanciones y rectifique con severidad otras, particularmente las que han sido más críticas con las metodologías aplicadas por el
DOC.
Como resultado de la imposición de pagos retroactivos y confiscatorios a las mieles importadas, particularmente de
VIETNAM con más del 400%, unas 30 empresas de la asociación de fraccionadores y distribuidores de miel de los
Estados Unidos (
American Honey Packers and Dealers Assn. AHPDA) y otras empresas del país y del extranjero se involucraron de lleno en la investigación pues, los aranceles impuestos seguramente ponen en riesgo su capacidad financiera y operativa, ralentizando y condicionando aún más las operaciones de mercado cuya previsión es tan variable como la visión del caleidoscopio que ilustra esta nota.
El impacto en la
Argentina, aún cuando el precio internacional de la miel ha aumentado y compensaría por encima de la incidencia del aumento de los fletes, el precio de la miel al productos ya cayó más de un 15% desde que se inició la investigación antidumping en
Estados Unidos.
Seguir el hilo de esta publicación